Grabar a empleados con cámara oculta no vulnera su intimidad

Cambio de criterio del TEDH : Ahora, grabar a empleados con cámara oculta no vulnera su intimidad en ciertas circunstancias.

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Grabar a empleados con cámara oculta

El tribunal ha cambiado así su propio criterio ante el el recurso presentado por el estado español contra la sentencia de 2018. Concluye indicando que grabar a cinco empleadas por las sospechas fundadas de que se estaba  sustrayendo bienes del stock, esto no supone vulnerar su intimidad.

En este caso se trata de una medida proporcionada y legitima, en vista de sus particulares circunstancias.

En consecuencia con este fallo, España ya no tendrá que abonar a las cinco trabajadoras los 4.000€ por los daños morales. Relacionados con el despido improcedente y en torno a 500€ en cuestión de honorarios.

El Tribunal argumenta

El TEDH considera ahora que la vigilancia, si bien no fue previamente avisada al trabajador, fue justificada en vista de las solidas sospechas de robo. Y los evidentes desajustes de inventario que la dirección de la empresa detectó.

Grabar a empleados con cámara oculta

Grabar a empleados con cámara oculta. El fallo toma en consideración que la videovigilancia se aplicara de forma limitada a las áreas donde se atendía al público, respetando zonas privadas, tales como pasillos, baños o vestuarios. Y esta solo sea realizada por un periodo máximo de 10 días.

El tribunal también destaca que las recurrentes no utilizasen las vías disponibles para denunciar las grabaciones ante las autoridades en materia de protección de datos.

El caso que nos ocupa tuvo lugar en 2009 en una conocida cadena de supermercados, donde las recurrentes trabajaban como cajeras.

Los responsables comenzaron a notar desajustes entre el stock y lo facturado, siendo en este momento cuando comenzaron a realizar labores de investigación. Para lo cual, decidieron colocar cámaras para controlar los accesos al supermercado, algo que fue anunciado a la plantilla.

A su vez fueron instaladas otras cámaras con una función muy distinta a las anteriores, la de vigilar a los trabajadores del supermercado. Algo para lo que no se dio aviso claro e inequívoco, cómo requiere la vigente ley de protección de datos en su articulo 90.

Tras la investigación, fueron descubiertos 14 empleados envueltos en una trama para llevar a cabo la sustracción de artículos. Que según las pesquisas, lo sustraído habría superado el importe de 80.000€.

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