Un juez anula el despido de un empleado
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Un juez anula el despido de un empleado que se negó a una PCR previo a firmar un nuevo contrato
Su mayor temor era que si el resultado de su prueba era positivo, la empresa no lo contratara para brindar más servicios.
El juez de Móstoles anunció como nulo el despido de un trabajador que se negó a someterse a pruebas de PCR durante las vacaciones. La empresa espera probar al empleado entre el contrato y las vacaciones, pero el trabajador se negó a realizar la prueba porque le preocupaba que el resultado de la prueba fuera positivo y no pudiera firmar.
Según el fallo, el operador y el ingeniero de sonido tienen un contrato temporal en la serie de grabación. Está de vacaciones antes del inicio de la próxima temporada. Fue en este momento que la empresa lo obligó a presentarse al test, pero se negó. Unos días después, le llegó la noticia de que dejaría de trabajar.
MOTIVO POR EL QUE SE NEGÓ
Si bien la empresa puede obligar a los trabajadores a realizar específicamente pruebas médicas de PCR diseñadas para verificar la presencia del coronavirus antes de regresar a su trabajo, ya que las pruebas para verificar la infectividad es una medida amparada por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Por lo tanto, el acuerdo puede ser adoptada sin el consentimiento expreso de los interesados. En este caso el actor no se niega a realizar PCR, pero indica que tiene opiniones diferentes sobre el tiempo y forma de la auditoría que la empresa se propone realizar la prueba (entre vacaciones y dos contratos).
Serie de TV
Se dedica a la grabación de series de televisión y fue contratado mediante un contrato de trabajo temporal en función de la duración de la temporada. La primera temporada terminó el 17 de julio y el rodaje de la segunda temporada comenzó a principios de agosto. Durante este período, se tomaron unas vacaciones, y es entonces cuando la productora requirió una prueba antes de firmar un nuevo contrato de trabajo.
El técnico de audio no negó en ningún momento que fuera responsable de esta prueba, ni cuestionó el requisito de la compañía de obtener resultados negativos de PCR para iniciar un servicio efectivo, sino que solo pidió la capacidad de realizar esta prueba cuándo terminaran sus vacaciones y ya habiendo firmado un nuevo contrato. La razón que planteó es muy razonable, porque si ha logrado resultados positivos en el coronavirus y es despedido porque no consiguió un segundo contrato de trabajo, entonces no tendrá derecho a una indemnización por despido y no puede deberse a preocuparse por la situación. Simplemente pidió que se cambiara la fecha.
DERECHOS DEL ACTOR
Ni siquiera se le advirtió que podría tomar medidas disciplinarias, sino que simplemente se negó a contratarlo sin ninguna razón objetiva. Todos los empleados que sirvieron en la primera temporada han sido contratados para la segunda temporada de la serie. Todos los actores excepto este.
Para el tribunal, existen indicios objetivos de vulneración de un derecho fundamental, lo que indica que la empresa no ha realizado una refutación como deseaba, porque presuntamente se infringieron los derechos fundamentales.
¿Y por qué se declara el despido nulo cuando no se le había contratado para la segunda temporada de grabación?
Bueno, por la razón fundamental, para el juez, el propósito del trabajo es el mismo, que es una serie de televisión. Se puede decir que debería haber un contrato, aunque sus temporadas son diferentes, el rodaje no se interrumpió notablemente (se dio certeza de que unos días después del final de la primera temporada, comienza el rodaje de la nueva). Por lo tanto, todo estaba planeado antes del final de la primera temporada.
Más allá de anunciar la nulidad del despido y restablecer de inmediato la situación, se sancionó a la empresa con 6.251 euros en concepto de indemnización por las pérdidas morales sufridas por el trabajador.
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