Nuevas Medidas Ertes

Nuevas Medidas Ertes

SOLICITA CITA GRATIS PARA ASESORARTE
911 863 547
Nuevas Medidas Ertes, ERTES de fuerza mayor total vigentes

Se les aplicará una exención a las cotizaciones empresariales (empresas de menos de 50 trabajadores):
– Julio: 70%
– Agosto: 60%
– Septiembre: 35%

Y para las empresas con más de 50 trabajadores:
– Julio: 50%
– Agosto: 40%
– Septiembre: 25%

Para las empresas que están activas, pero se ven obligadas a cerrar por un rebrote del COVID19: se les permite acogerse a un ERTE de fuerza mayor total. Además, contaría con una exoneración de las cuotas si la empresa tiene menos de 50 trabajadores de un 80%, y si tiene más de 50 sería un 60%.

Nuevas medidas Ertes
Nuevas Medidas Ertes, ERTES de fuerza mayor parcial y ERTES por causas técnicas, organizativas, económicas y de producción.

Las exoneraciones a las empresas serían las mismas:
– Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores: 60% por los trabajadores que volvieran a la actividad y 35% por los que siguiera.
– Si la empresa tiene más de 50: 40% por cada trabajador que se reincorpore y el 25% por los que siguieran en el ERTE.

ERTES de casusas objetivas

Pasan a tener exenciones de cuotas que antes solo eran aplicables a los ERTES de fuerza mayor.

Prestaciones por desempleo asociadas a los ERTES
Se van a mantener hasta el 30 de septiembre salvo la de los trabajadores que sean fijos discontinuos que se prorrogarás hasta el 31 de diciembre ambos de este año.

Nuevas Medidas Ertes, Prohibiciones de empresas en ERTE

Se prohíbe a las empresas en ERTE la realización de horas extraordinarias, el establecimiento y la reanudación de externalizaciones de la actividad y la concentración de nuevos contratos.

Solo podrán contratar o externalizar tareas si los trabajadores de su propio centro no pueden por formación, o por otras razones debidamente justificadas, realizar las funciones encomendadas. Y para ello la empresa debe informar previamente a los representantes legales de los trabajadores.

Esta prohibición se aplica tanto a ERTEs de fuerza mayor como a ERTEs por causas objetivas y sancionables en caso de incumplimiento.

Otra prohibición respecto a las empresas acogidas a ERTEs es que no pueden repartir los dividendos correspondientes al ejercicio fiscal al que se aplique el ERTE, a no ser que la empresa abone previamente el importe de las exoneraciones disfrutadas

Nuevas Medidas Ertes, Mantenimiento del empleo

Se deberá mantener el empleo de 6 meses a las empresas que realicen ERTEs por causas objetivas. Si una empresa se ha beneficiado por primera vez de un ERTE, este plazo de 6 meses se computará a partir de la entrada en vigor del nuevo decreto.

Penalización a los despidos objetivos

Se mantiene hasta el 30 de septiembre esta prohibición que supone encarecer la indemnización a 33 días por año trabajado, frente a los 20 de los despidos procedentes.
Se mantienen también hasta el 30 de septiembre la suspensión de los contratos temporales, incluidos formativos, de relevo e interinidad.

Tus Abogados Laboralistas

Nuevas medidas Ertes

Somos Tus Abogados Laboralistas, especialistas en despido improcedente, despidos estando de baja o por enfermedad, despido procedente, despido objetivo, despido disciplinario, reclamamos una justa indemnización por despido, somos abogados especialistas en derecho laboral. También somos abogados, expertos en seguridad social, especialistas en incapacidades. Si deseas emprender una demanda laboral, somos Tus Abogados Laboralistas indicados, abogados para trabajadores en defensa de los derechos del trabajador, la mejor asesoría laboral. Expertos en Derecho Laboral, despidos, ERES, ERTES, sanciones y todo lo que necesitan los trabajadores.

Despacho abogados laboralistas | Abogado especialista en derecho laboral | Abogado laboralista Madrid | Despido improcedente | Abogados para despidos | Abogados para trabajadores | Despacho derecho laboral | Abogados de derecho laboral | Despidos improcedentes | Mejor abogado laboralista Madrid | Asesoría laboral Madrid | Especialista derecho laboral | Abogado laboralista | Indemnización despido

Abogados de tus Deudas

Posts Relacionados

Dejar un comentario

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: Solucion XXI S.L.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a ionos.com que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.

Esta Web utiliza cookies. Puedes ver Aquí la Política de Cokkies. Si continuas navegando estas aceptándola.   
Privacidad
×