Despido "procedente" del repartidor de comida que no usaba desinfectante de manos
El incumplimiento de los estándares COVID establecidos por su empresa puede ser un motivo para el despido: bien sea debido al uso de mascarillas, distancias seguras o uso obligatorio de gel hidroalcohólico en el lugar de trabajo.
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Despido “procedente” por no usar desinfectante de manos
¿Te pueden despedir por negarte a desinfectarte las manos?
Acabamos de conocer una sentencia que afirma esta pregunta. El caso involucró a un repartidor de alimentos. A pesar de la advertencia de la empresa, el hombre no se desinfectó las manos antes de tocar los alimentos. Este es el motivo del despido, y el trabajador decidió llevar el caso al Juzgado de lo Social de Gijón.
Ahora, según La Voz de Asturias, la justicia ha acreditado el derecho de la empresa: el despido es el oportuno. Está empleado desde enero de 2019. Al comienzo de la pandemia, la empresa le proporcionó equipos de protección, pero los trabajadores siempre “no estaban dispuestos” a usarlos.
La gota final se produjo en mayo de 2020. Según el motivo del despido, a raíz de un burofax se le comunicó al trabajador que tenía que dar un reparto, y cuando recogió la orden se saltó el convenio covid. El supervisor le recordó que se desinfectara las manos con el gel desinfectante que había a disposición de los trabajadores.
Sin embargo, el empleado se negó a cumplir con estas órdenes y comenzó a distribuir sus repartos “suponiendo un grave riesgo para la salud de los consumidores”. Además, desde el inicio de la crisis de salud, ha mostrado opiniones diferentes y todavía no usa mascarilla.
Máximo reproche
El Juzgado de lo Social de Gijón manifestó en su sentencia que las acciones imputadas a los comerciantes “deben ser objeto de las mayores sanciones”. No solo porque el convenio colectivo lo trata como un delito muy grave, si no que también es por desobediencia e incumplimiento. La disciplina es una de las causas de las sanciones de despido previstas en el Estatuto.
“Se debe utilizar la gravedad, relevancia y trascendencia para encubrir la indisciplina y desobediencia que son objeto de las mayores sanciones, y señalar que el comportamiento de los trabajadores se logró en consideración a las especiales circunstancias en las que nos encontrábamos en ese momento. Lamentablemente, este tipo de actitudes siguen existiendo a día de hoy, y sus decisiones deben ser más condenadas no solo en el marco laboral sino también en el marco de la sociedad en su conjunto “.
El juez consideró que se trataba de un “delito muy grave” y apoyó su despido de la empresa. La sentencia aún no se ha finalizado porque se puede apelar ante el Tribunal Superior.
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