Cómo pueden impugnar los trabajadores los despidos

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Si el trabajador no está satisfecho con el despido, debe saber que a partir de la fecha de vigencia del despido indicada en su carta, tendrá 20 días para presentar una objeción en los tribunales. A partir de aquí, los pasos que seguirás son:

El juez evaluará la evidencia proporcionada por ambas partes y fallará sobre uno de los siguientes resultados:

Reconocimiento de la improcedencia del despido por parte de la empresa

En ocasiones, aunque no exista ningún motivo para justificar el despido, la empresa sigue queriendo dar por terminada la relación laboral con el trabajador a toda costa. Por tanto, lo más normal es que se quiera realizar un despido disciplinario, porque esto no obliga al trabajador a dar aviso e indicar en la carta que el despido se considera inapropiado.

Sin embargo, también se puede reconocer verbalmente la inadmisibilidad para que los trabajadores puedan impugnar el despido en los tribunales y la empresa reconozca la improcedencia en el acto de conciliación.

APORTACIONES IMPORTANTES

* Es importante que sepas que es recomendable que admitas la improcedencia en el en el acto de conciliación, porque de esta forma puedes evitar pagar la indemnización del impuesto del IRPF.

Después de todo lo anterior en este artículo, explicamos un breve resumen para que te queden claros los conceptos más importantes. La empresa puede realizar tres tipos de despido: objetivo (los trabajadores no tienen la culpa), disciplinario (por los trabajadores) y colectivo (despedir objetivamente a un gran número de trabajadores). La carta de despido es una forma de que la empresa se comunique con el trabajador sobre el despido, que contiene el motivo del despido y la fecha efectiva del despido.

UNA VEZ RECIBES LA CARTA…

Luego de recibir esta carta, el trabajador tiene un plazo de 20 días naturales a partir de la fecha de vigencia del despido, si no queda satisfecho puede impugnar el despido en los tribunales. Si no hay acuerdo entre las dos partes, cuando el trabajador no esté de acuerdo, se celebrará un juicio y el juez determinará si el despido es procedente (motivo justificado y asumido por el empleador), improcedente (cuando el empleador no puede acreditar el motivo del despido) o nulo (despedido por motivos discriminatorios o violación de derechos básicos).

Por tanto, si lees todo el artículo con atención, sabrás exactamente qué tipo de despido existe, cómo proceder, qué medidas se pueden tomar si el trabajador no está satisfecho con el despido, y el tipo de despido de los jueces y demás personal. Las consecuencias para su empresa y sus empleados. Además, conoció la compensación que se paga a los trabajadores según el tipo de despido.

 

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