Las plataformas de reparto podrán subcontratar

La patronal argumentó que dado que la empresa debe regirse con la más alta legalidad, el Tribunal Supremo debe aceptar la presunción dictada por el Supremo.

SOLICITA CITA GRATIS PARA ASESORARTE
911 863 547
ACUERDO CON SINDICATOS

Cuando la ministra de Trabajo Yolanda Díaz llegó ayer a un acuerdo con empresarios y sindicatos para regular las condiciones laborales de los denominados riders digitales. En ello, explicó: “Desde hoy (ayer), los distribuidores de plataformas de reparto a domicilio son trabajadores asalariados”. Díaz dijo de esta manera que, aunque la norma aún no ha sido aprobada -lo será en las próximas semanas-, desde ayer acudan a los tribunales para poder reclamar una relación de asalariados con su empresa, o ya bien sean despedidos o tengan un accidente laboral, contarán para probar dicha relación, además de que el Tribunal Supremo dictamine que deben ser contratados, también deberán acreditar dicha relación y firmar un convenio de diálogo social para darles a conocer esta situación. Una vez que se aprueben las regulaciones futuras, este reconocimiento de la condición de empleado será “automáticamente”.

Posts Relacionados

Dejar un comentario

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: Solucion XXI S.L.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a ionos.com que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.

Esta Web utiliza cookies. Puedes ver Aquí la Política de Cokkies. Si continuas navegando estas aceptándola.   
Privacidad
×