No olvide hacer la declaración de la renta de sus bitcoines
En el movimiento de ingresos de 2021, los contribuyentes están obligados a utilizar Bitcoin u otras criptomonedas para declarar a efectos del impuesto sobre la renta en 2020. Por lo tanto, es el momento de recopilar todas las operaciones y transacciones realizadas en criptomonedas el año pasado, teniendo en cuenta la alta volatilidad.
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- Aquellos mineros que hayan generado nuevas criptomonedas en 2020: Deberán utilizar métodos de estimación directa para incluir los resultados económicos de sus actividades en la cuenta de resultados. En otras palabras, deben determinar el ingreso neto de las actividades mineras a partir de todos los ingresos y gastos deducibles registrados en los libros y registros contables que deben llevar.
- Aquellos comerciantes o usuarios los cuales han vendido o cambiado bitcoines (o cualquier criptomoneda) a cambio de dinero de curso legal o por otras monedas virtuales, durante el año 20202: Tendrán que declarar (el día de la compra) la diferencia entre el valor de la criptomoneda y el valor vendido o intercambiado en 2020. La cifra resultante debe incluirse en la base imponible de los ahorros declarados, ya sean pérdidas o ganancias y otros cambios patrimoniales (como cambios obtenidos por la venta de acciones o fondos de inversión).
- Aquellos inversores que a lo largo del 2020 compraron bienes con criptomonedas: Tendrán que realizar las mismas acciones que en el caso anterior, y por tanto determinarán si el comprador tiene pérdidas o ganancias. Por lo tanto, en el momento de la transacción, el valor de la criptomoneda puede tener algunos cambios en relación con su valor en el momento de la adquisición.
¿Cómo funciona el valor de venta o de compra? ¿Cómo saber si hay pérdidas o ganancias?
No es difícil saber si hay pérdidas o ganancias por vender o intercambiar criptomonedas. Por ejemplo, si existe un contribuyente que compró 10 bitcoins por 10.000 euros (cuando su valor es de 1.000 euros la unidad) en 2017 y 200.000 euros a finales de 2020 (cuando su valor unitario alcanza los 20.000 euros) los vendió. A lo mejor utilizando una revalorización de criptomonedas, decide comprar una casa por valor de 200.000 euros.
Para las plusvalías en el IRPF, el importe que deberá declarar el contribuyente será la diferencia entre el precio de compra de la criptomoneda en 2017 (10.000 euros) y el precio de venta o canje en 2020 (200.000 euros). En cualquier caso, reportarás un beneficio de 190.000 euros.
El resultado final de la cuenta de resultados o declaración de la renta dependerá de los ingresos múltiples y rentas esperadas en el IRPF. Entre ellos, como de la deducción y progresividad del impuesto. Sin embargo, desde el principio, la tasa impositiva sobre las ganancias generadas por el negocio que utiliza criptomonedas estará entre el 19% y el 23%.
Como consecuente, sería aconsejable que, en el caso de que se realicen operaciones de este tipo:
- Se pronostique el impacto que puede conllevar en la declaración de la renta del próximo año.
- Se posea disponible el dinero necesario para poder hacer frente a un más que posible resultado positivo, es decir, la declaración a pagar.
Es necesario recordar que no existe retención para estas operaciones, y por ello, no hay pago a cuenta al resultado final de la devolución.
Los bitcoines, aunque estén en ‘la nube’, es obligatorio declararlos
Para aquellos que creen que no es necesario gravar los negocios de Bitcoin en España, están equivocados porque son activos digitales que no están en su propio país. Resulta que las ganancias de capital se gravan en el país de residencia del titular, no en la fuente de inversión.
Por tanto, el producto de la venta o canje de criptomonedas por parte de ciudadanos españoles no tributará en el país donde se encuentra la entidad custodial o la plataforma de inversión.
Tampoco estará exento de impuestos porque está en la nube y no reside en una ubicación geográfica específica. Para los contribuyentes ubicados en España, todas estas operaciones se rigen por el Ministerio de Hacienda español.
Al ser un activo digital, puede inclinarse a no declararlo debido al anonimato de Internet y la falta de supervisión de las criptomonedas. Esto es un error muy común que piensan muchas personas. El caso es que debido a la determinación de la Unión Europea de combatir el blanqueo de capitales y a la rápida actuación de la administración tributaria española en este ámbito, se ejercen importantes controles sobre las bolsas y titulares de criptomonedas, evitando así el fraude y la evasión fiscal.
No olvide hacer la declaración de la renta de sus bitcoines
La agencia tributaria podrá solicitar toda la información relacionada con el funcionamiento de las monedas digitales por parte de entidades compradoras y vendedoras de criptomonedas españolas o extranjeras:
- La identidad de los operantes.
- El tipo, la cantidad y el precio de las monedas transadas.
- La fecha en que se realizaron estas operaciones.
Aquellos que estén considerando la posibilidad de no declarar el uso de criptomonedas para operaciones deben saber que si finalmente se someten al proceso de inspección, además de tener que pagar impuestos sobre el monto no declarado, pueden ser sancionados y tener que pagar entre el 50% y 150% del monto restante.
En camino a la normalización de las criptomonedas
El mercadeo o la especulación de activos cifrados puede ser tan legal como cualquier otro activo no digital, por lo que no debería sorprender que cualquier persona involucrada en tales actividades esté sujeta a las mismas obligaciones fiscales.
La falta de regulaciones claras sobre criptomonedas no significa que no asuma ninguna obligación financiera. Intentar hacerlo no solo fomenta el fraude, sino que también daña a quienes creen que la moneda virtual algún día puede convertirse en un método de pago reconocido como cualquier otra moneda de curso legal.
La criptomoneda no es la fuente del fraude, sino la persona es quien determina si comete el fraude o no. Los medios para evitar pagar impuestos pueden cambiar, pero la disposición a hacer trampa sigue siendo la misma.
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Hola!
En caso de una persona que nunca ha realizado la Declaración de la Renta porque no llega a los ingresos mínimos (nunca la ha hecho) pero ha invertido en criptomonedas, ¿debe hacer la declaración de la Renta? ¿Hay algún importe mínimo de criptomonedas o hay que declarar cualquier cantidad por pequeña que sea?